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Reclamaciones, quejas, recursos y sugerencias

Los abogados están obligados a ajustarse a las prescripciones de su Código Deontológico en su actividad profesional, pudiendo incurrir en otro caso en responsabilidad disciplinaria.

La responsabilidad disciplinaria implica la posibilidad de la imposición de una sanción por parte de la Junta de Gobierno del Colegio, que puede ser desde apercibimiento hasta la expulsión de la profesión. Cualquier otro tipo de reclamación contra un abogado ha de hacerse a través de los Tribunales de Justicia.

La interposición de una queja o denuncia no requiere de ningún formalismo, pudiendo hacerse por correo electrónico, carta o personalmente en el Colegio de Abogados, calle Don Jaime I 18, 50001 Zaragoza. El escrito deberá indicar el nombre del denunciante, identificar al abogado objeto de la denuncia y especificar de forma clara los hechos contrarios a sus obligaciones profesionales que se le imputan.

La denuncia será estudiada por la Comisión de Deontología, que propondrá a la Junta de Gobierno la resolución que estime oportuna, archivo, sanción directa o apertura de procedimiento disciplinario, cuyo acuerdo se notificará al denunciante.

Caso de incoarse procedimiento disciplinario, el mismo se tramitará conforme a lo dispuesto en el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Los acuerdos de la Junta de Gobierno son recurribles por los interesados, una vez notificados. Podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Colegios de Abogados de Aragón en el plazo de un mes desde la notificación, o directamente recurso contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde la notificación del acuerdo o de la resolución del recurso de alzada en su caso.

Trámites

Impresos y Formularios (Ayuda)

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Los listados de los integrantes de los SSOOJJ son:

  • Servicios de Orientación Jurídica – Consultores (SOJ):  VER
  • Servicios de Orientación Jurídica – Tramitadores (SOJ):  VER