CIRCULAR COLEGIAL 15/2026
10 DE MARZO DE 2026
CONVOCATORIA DE JUNTA GENERAL ORDINARIA
Conforme a lo dispuesto en el artículo 82 del Estatuto General de la Abogacía Española y 55.1 de los Estatutos del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, la Junta de Gobierno, en sesión celebrada el 25 de febrero de 2026, ha acordado convocar Junta General Ordinaria para el martes, 31 de marzo de 2026, que tendrá lugar a las 13:00 horas en el Salón Carlos Carnicer del Colegio, Calle Don Jaime I, núm. 18 y que, conforme a lo dispuesto en los citados artículo 82 del Estatuto General de la Abogacía y el artículo 55.1 de los Estatutos del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza, tendrá el siguiente
ORDEN DEL DÍA
- Lectura y aprobación, en su caso, del acta de la Junta anterior.
- Reseña que hará el Decano de los acontecimientos más importantes que, durante el año 2025, hayan tenido lugar con relación al Colegio.
- Examen de la gestión anual de la Junta de Gobierno. Aprobación, en su caso, de los estados financieros y liquidación del presupuesto del ejercicio 2025.
- Informe sobre la designación de Colegiados de Honor.
- Proposiciones.
- Ruegos y preguntas.
Desde los quince días anteriores a la fecha fijada para la celebración de la Junta General y hasta el día anterior a la misma, estará a disposición de todos los colegiados, en la Secretaría del Colegio, la documentación de los asuntos que sean objeto de la convocatoria (artículo 60 de los Estatutos del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza).
Hasta quince días antes de la celebración de la Junta General se podrán presentar a la misma, proposiciones referidas a los asuntos incluidos en el Orden del Día, que serán sometidas a deliberación y votación, si así lo acuerda la propia Junta General. Dichas proposiciones deberán presentarse por escrito y firmadas por un número de colegiados no inferior al dos por ciento del censo (artículo 63 de los Estatutos del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza).
Se advierte que los anteriores acuerdos no agotan la vía administrativa, por lo que se puede interponer recurso de alzada ante el Consejo de Colegios de Abogados de Aragón, en el plazo de UN MES, a contar desde su notificación, que podrá entenderse desestimado si transcurren TRES MESES desde su interposición sin que dicho órgano haya adoptado acuerdo expreso (artículo 35 de la Ley 2/98 de 12 de marzo de Colegios Profesionales de Aragón, en concordancia con el artículo 122 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente.
Un cordial y afectuoso saludo.
EL DECANO
Alfredo Sánchez-Rubio Triviño

