Como ya os anunciábamos vía circular de la sección vamos a iniciar la potenciación de nuestro apartado como Sección de Derecho Fiscal dentro de la página Web del R.e I.C.A.Z. con la aportación de noticias, sentencias, trabajos y cualquier otra información que recibamos de nuestros propios compañeros o de las administraciones u organismos públicos o privados.
La tarea de dotar nuestra sección de una página con contenidos de interés para los colegiados pertenecientes a nuestra sección, o incluso para los que no lo sean, será una tarea ardua que deberemos abordar con la mayor participación posible de compañeros, por lo que desde aquí os exhorto a que comuniquéis con el responsable de la página y enviéis mediante fax, correo o correo electrónico todas las sugerencias, informaciones, trabajos o noticias que puedan ser de interés para todos.
Comenzamos un nuevo servicio ofreciendo información de reciente actualidad remitida directarnente desde la Dirección General de Tributos de la D.G.A. consistente en dos resoluciones de inminente publicación en el B.O.A., relativas a los Criterios de liquidación de la fiducia sucesoria y sobre el modo de aplicación de la exención reconocida en el artículo 45 1. B). 12 del Texto refundido de la ley del I.T.P.A.J.D., relativa a las “viviendas de protección oficial”.
En lo sucesivo se irán ampliando los contenidos, esperamos vuestra colaboración, para lo que os podéis poner en contacto con el que suscribe indicando la referencia Página Web Fiscal. A/A Miguel Rivera.
Espero que la iniciativa sea de provecho e interés para todos.
Miguel Rivera Marcos
Coordinador