COMISIÓN DE DERECHO DE LA CIRCULACIÓN, RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGUROS
 
Boletín 28, marzo de 2000
 
 
Editorial Legislación Doctrina Jurisprudencia Tribunales de Aragón Jurisprudencia Nacional Bibliografía Miscelánea
 
 
 
1.- EDITORIAL: 

          Un año más, el Boletín de la Comisión de Circulación inicia la tarea de intentar aportaros esta herramienta de trabajo y comunicación entre todos nosotros, procurando informaros de todas las actividades que mensualmente viene organizando la Comisión, así como de las últimas novedades legislativas y jurisprudenciales. Como cada año, y en el intento por mejorar nuestro Boletín, hemos dado un paso adelante, tanto en el rigor de los contenidos como en la calidad gráfica y de maquetación, sin que ello haya supuesto coste económico adicional, tan sólo el gran esfuerzo de los miembros de redacción y la desinteresada colaboración de los miembros del servicio de publicaciones de nuestro Colegio de Abogados.

          También un año más, en el que juntos hemos llevado a cabo las V Jornadas de Responsabilidad Civil y Seguros, tenemos que agradecer a todos los asistentes su presencia en las Jornadas que cada año venimos celebrando, así como a los ponentes por el alto nivel de sus exposiciones y el interés que nos han demostrado, lo que hace que cada año las Jornadas se superen a las de años anteriores, gracias que hacemos extensivas a la Comisión organizadora de las Jornadas por el buen desarrollo y resultado de las mismas.

          En este número y como venimos haciendo tras las Jornadas celebradas en años anteriores, encontrareis transcritos los coloquios que tras cada ponencia tienen lugar con las intervenciones del público bien en forma de preguntas al ponente o bien como comentarios. Esta tarea que hacemos los que componemos el boletín de la comisión, es ardua y difícil por las dificultades con que nos encontramos, pues aunque los coloquios se gravan en cintas, muchas veces se producen intervenciones sin micrófono que no podemos escuchar en la grabación o si la escuchamos no es de forma clara; por ello hemos intentado transcribirlo de la mejor manera posible y rogamos nos disculpéis los posibles fallos que detectéis.

          Una vez más os recordamos que ante el constante criterio cambiante de nuestros Tribunales a la hora de aplicar el baremo, todas aquellas sentencias que lleguen a vuestros despachos y que sean del interés del colectivo, nos las hagáis llegar para su publicación en este Boletín.
 
 
2.- LEGISLACIÓN: 
  
          2.1.- Jefatura del Estado. Real Decreto 1907/1999, de 17 de diciembre, por el que se modifican los arts. 6, 7, 17, 36, 58, 73, 74, 75, 76 y 79 del Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo. (B.O.E. núm. 302 de 18 de diciembre de 1999).

          2.2.- Jefatura del Estado. Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores. (B.O.E. núm. 11 de 13 de enero de 2000).

          2.3.- Ministerio del Interior. Real Decreto 137/2000, de 4 de febrero. Circulación Urbana e Interurbana. Modifica el Reglamento de Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994 de 25  de febrero. (B.O.E. núm. 42 de 18 de febrero de 2000).

          2.4.- Legislación Comunidades Europeas. Reseñas:

              2.4.1.- Contaminación Acústica. Directiva 1999/101/CE, de 15 de diciembre, de la Comisión, por la que se adapta el progreso técnico la Directiva 70/157/CEE del Consejo relativa al nivel sonoro admisible y el dispositivo de escape de los vehículos de motor.

              2.4.2.- Medio Ambiente. Directiva 1999/102/CE, de 15 de diciembre, de la Comisión, por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 70/220/CEE del Consejo relativa a las medidas contra la contaminación atmosférica causada por las emisiones de los vehículos de motor.

 
3.- DOCTRINA: 
  
          3.1.- V Jornadas de Responsabilidad Civil y Seguros, celebradas en Zaragoza los días 4 y 5 de febrero de 2000.
              3.1.1.- “Dictámenes Periciales en el Proceso Penal”, a cargo del ponente D. Eduardo Font Serra, Abogado y Catedrático de Derecho Procesal de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lérida.

              3.1.2.- “La Acción Directa del Perjudicado frente a la Aseguradora en el Supuesto de Responsabilidad Civil de la Administración o sus Agentes”, a cargo del ponente D. Juan Garnica Martín, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº. 43 de Barcelona.

              3.1.3.- “Aspectos Sustantivos y Procesales de las Reclamaciones Civiles Derivadas de los Accidentes de Circulación”, a cargo del ponente D. Juan María Xiol Quingles, Abogado, exPresidente de la Comisión de Responsabilidad Civil y Vicedecano del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona.

              3.1.4.- “Naúfragos en un Mar de Dudas (La Situación Actual del Debate Sobre el Carácter Vinculante del Sistema de Valoración del Daño Corporal Instituído por la Ley 30/1995)”,  a cargo del ponente D. Jesús Fernández Entralgo, Magistrado, Presidente de la Sección 17ª. de la Audiencia Provincial de Madrid.

              3.1.5.- “Aproximación a la Problemática de los Eventuales Perjudicados Extratabulares por Causa de Muerte en el Sistema de la Ley 30/1995”,  a cargo del ponente D. José Manuel de Paúl Velasco, Magistrado de la Sección 4ª. de la Audiencia Provincial de Sevilla.

          3.2.- Conferencia de D. Carlos Vacas González, Abogado de Zaragoza, sobre el tema “La Responsabilidad Civil por Invasión de Animales Silvestres o Salvajes”.

          3.3.- Artículo de Dª. María Pilar Romero Sebastián, Abogada de Zaragoza, sobre el tema: “¿Y el Lucro Cesante...?
  
 
4.- JURISPRUDENCIA TRIBUNALES DE ARAGÓN: 

          4.1.- Audiencia Provincial de Zaragoza: 
                    4.1.1.- Sección Primera: 
                              Sentencia de 10/01/2000: Baremo: Consignación insuficiente.
                              Sentencia de 21/01/2000: Gastos laborales se incluyen en factor de
                                corrección.
                    4.1.2.- Sección Segunda: 
                              Sentencia de 15/12/1999: Juicio verbal de tráfico.
                              Sentencia de 19/012000: Reclamación a concesionario autopista.
                    4.1.3.- Sección Tercera: 
                              Sentencia de 26/01/2000: No vinculación del baremo: Resolución provisional
                                hasta decisión del Tribunal Constitucional.
                              Sentencia de 10/01/2000: Impedimento total y parcial: Todos son impeditivos.
                    4.1.4.- Sección Cuarta: 
                              Sentencia de 08/11/1999: Daño emergente, lesiones: Estimación parcial:
                                Intereses moratorios: Concesión por insuficiencia de consignación.
                              Sentencia de 08/11/1999: Responsabilidad por culpa: Valoración de la
                                prueba.
                    4.1.5.- Sección Quinta: 
                              Sentencia de 19/01/2000: Costas verbal: Improcedencia de costas
                                procurador.
                              Sentencia de 10/12/1999: Lesiones laborales: Conocimiento en orden civil.
                              Sentencia de 17/02/2000: Culpa contractual y extracontractual: Facultad del
                                tribunal para apreciar una u otra.
 
 
5.- JURISPRUDENCIA NACIONAL: 

          5.1.- Audiencias Provinciales: 
                    5.1.1.- Audiencia Provincial de Cádiz (Sección 1ª.): 
                              Sentencia de 26/09/1998: Compensación de culpas: Estima. 

          5.2.- Tribunal Supremo: 
                    5.2.1.- Sala Primera: 
                              Sentencia de 05/10/1999: Responsabilidad objetiva de laboratorio
                                farmacéutico: Contagio enfermedad por medicamento defectuoso. 
                              Sentencia de 30/10/1999: Obligación de computar intereses de demora
                                desde la fecha de siniestro.
   
 
6.- BIBLIOGRAFÍA: 

“FORMULARIOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE TRÁFICO”. Autor: Varios autores. Editorial Comares, 2ª. edición 1999.
 
“FORMULARIOS ADMINISTRATIVOS SOBRE SEGURIDAD VIAL”. Autor: Vázquez Espejo, Martínez Cano, Castro Maldonado. Editorial Comares, 1ª. edición 1996.

“RESPONSABILIDAD CIVIL POR ACTOS MÉDICOS. PROBLEMAS DE PRUEBA”. Autor: De Angel Yagüez. Madrid 1999, Librería Tribuna.

“EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL DE LA CIRCULACIÓN”. Autor: Gayo Lafuente, Estella López. Granada 1999, Librería Tribuna.

“LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN EL TRATAMIENTO AUTOMATIZADO DE DATOS PERSONALES”. Autor: Grimalt Servera. Granada 1999, Librería Tribuna.

“LA RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL”. Autor: Martínez Calcerrada, Madrid 1999, Librería Tribuna.

“LA VALORACIÓN CIVIL DEL DAÑO CORPORAL. BASES PARA UN TRATADO. TOMO II. La tipología general de los criterios judiciales”. Autor: Medina Crespo. Madrid, 1999, Librería Tribuna.

“LA PROTECCIÓN DEL ASEGURADO (ANÁLISIS DE LA PROBLEMÁTICA DERIVADA DE LA PLURALIDAD DE NORMAS APLICABLES)”. Autor: Peñas Moyano. Madrid 1999. Librería Tribuna.

“CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS”. Autor: Sánchez Moreno.  Barcelona, 1999. Librería Tribuna.
 
 
7.- MISCELÁNEA: 

          1.- Transcribimos a continuación la explicación de un albañil gallego a la compañía aseguradora que no comprendía, debido a la naturaleza de sus lesiones, cómo podía haber ocurrido el accidente.  Este es un caso verídico cuya transcripción fue obtenida de una copia de archivo de la aseguradora. El caso fue juzgado por el Tribunal de Primera Instancia de Pontevedra.

“Excelentísimos señores:

          En respuesta a su pedido de informaciones adicionales, declaro: en el ítem 1 sobre mi participación en los acontecimientos, mencioné: “tratando de ejecutar la tarea y sin ayuda”, como la causa de mi accidente.

          Me piden en su carta que de una declaración más detallada, por lo que espero que lo que sigue aclare de una vez por todas sus dudas.

          Soy albañil desde hace más de 10 años. El día del accidente estaba trabajando sin ayuda, colocando ladrillos en una pared del sexto piso del edificio en construcción en esta ciudad. Finalizadas mis tareas, verifiqué que habían sobrado aproximadamente 250 kilos de ladrillos.  En vez de cargarlos hasta la planta baja a mano, decidí colocarlos en un barril, y bajarlos con ayuda de una roldana que felizmente se hallaba en una viga en el techo del sexto piso.

          Bajé hasta la planta baja, até el barril con una soga y, con la ayuda de la roldana, lo levanté hasta el sexto piso, atando el extremo de la soga en una columna de la planta baja. Luego. subí y cargué los ladrillos en el barril. Volví a la planta baja, desaté la soga, y la agarré con fuerza de modo que los 250 kilos de ladrillos bajasen suavemente  (debo indicar que en el ítem 1 de mi declaración a la policía he indicado que mi peso corporal es de 80 kilos).  Sorpresivamente, mis pies se separaron del suelo y comencé a ascender rápidamente, arrastrado por la soga.  Debido al susto, perdí mi presencia de espíritu e irreflexivamente me aferré más aún a la soga, mientras ascendía a gran velocidad. 

          En las proximidades del tercer piso me encontré con el barril que bajaba a una velocidad aproximadamente similar a la de mi subida, y me fue imposible evitar el choque.  Creo que allí se produjo la fractura de cráneo.

          Continué subiendo hasta que mis dedos se engancharon dentro de la roldana, lo que provocó la detención de mi subida y también las quebraduras múltiples de los dedos y de la muñeca.  A esta altura (de los acontecimientos), ya había recuperado mi presencia de espíritu, y pese a los dolores continué aferrado a la cuerda.  Fue en ese instante que el barril chocó contra el piso, su fondo se partió y todos los ladrillos se desparramaron.

          Sin ladrillos, el barril pesaba aproximadamente 25 kilos. Debido a un principio simplísimo comencé a descender rápidamente hacia la planta baja.  Aproximadamente al pasar por el tercer piso me encontré con el barril vacío que subía.  En el choque que sobrevino estoy casi seguro se produjeron las fracturas de tobillo y de la nariz.  Este choque felizmente disminuyó la velocidad de mi caida, de manera que cuando aterricé sobre la montaña de ladrillos sólo que quebré tres vértebras.
Lamento sin embargo informar que, cuando me encontraba caído encima de los ladrillos, con dolores insoportables, sin poder moverme y viendo encima de mí el barril, perdí nuevamente mi presencia de espíritu y solté la soga.  Debido a que el barril pesaba más que la cuerda, descendió rápidamente y cayó sobre mis piernas, quebrándoseme las dos tibias.

          Esperando haber aclarado definitivamente las causas y desarrollo de los acontecimientos, me despido atentamente,

!!!!!!!!   INCREIBLE, PERO REAL   ¡¡¡¡¡¡¡¡¡

          2.- Los cazadores dan de baja cotos para protestar contra al D.G.A.