1.- EDITORIAL:
Un año más, el Boletín de la Comisión de Circulación
inicia la tarea de intentar aportaros esta herramienta de trabajo y comunicación
entre todos nosotros, procurando informaros de todas las actividades que
mensualmente viene organizando la Comisión, así como de las
últimas novedades legislativas y jurisprudenciales. Como cada año,
y en el intento por mejorar nuestro Boletín, hemos dado un paso
adelante, tanto en el rigor de los contenidos como en la calidad gráfica
y de maquetación, sin que ello haya supuesto coste económico
adicional, tan sólo el gran esfuerzo de los miembros de redacción
y la desinteresada colaboración de los miembros del servicio de
publicaciones de nuestro Colegio de Abogados.
También un año más, en el que juntos hemos llevado
a cabo las V Jornadas de Responsabilidad Civil y Seguros, tenemos que agradecer
a todos los asistentes su presencia en las Jornadas que cada año
venimos celebrando, así como a los ponentes por el alto nivel de
sus exposiciones y el interés que nos han demostrado, lo que hace
que cada año las Jornadas se superen a las de años anteriores,
gracias que hacemos extensivas a la Comisión organizadora de las
Jornadas por el buen desarrollo y resultado de las mismas.
En este número y como venimos haciendo tras las Jornadas celebradas
en años anteriores, encontrareis transcritos los coloquios que tras
cada ponencia tienen lugar con las intervenciones del público bien
en forma de preguntas al ponente o bien como comentarios. Esta tarea que
hacemos los que componemos el boletín de la comisión, es
ardua y difícil por las dificultades con que nos encontramos, pues
aunque los coloquios se gravan en cintas, muchas veces se producen intervenciones
sin micrófono que no podemos escuchar en la grabación o si
la escuchamos no es de forma clara; por ello hemos intentado transcribirlo
de la mejor manera posible y rogamos nos disculpéis los posibles
fallos que detectéis.
Una vez más os recordamos que ante el constante criterio cambiante
de nuestros Tribunales a la hora de aplicar el baremo, todas aquellas sentencias
que lleguen a vuestros despachos y que sean del interés del colectivo,
nos las hagáis llegar para su publicación en este Boletín.
2.- LEGISLACIÓN:
2.1.- Jefatura del Estado. Real
Decreto 1907/1999, de 17 de diciembre, por el que se modifican
los arts. 6, 7, 17, 36, 58, 73, 74, 75, 76 y 79 del Reglamento General
de Conductores, aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo. (B.O.E.
núm. 302 de 18 de diciembre de 1999).
2.2.- Jefatura del Estado. Ley
Orgánica 5/2000, de 12 de enero, Reguladora de la Responsabilidad
Penal de los Menores. (B.O.E. núm. 11 de 13 de enero de 2000).
2.3.- Ministerio del Interior. Real
Decreto 137/2000, de 4 de febrero. Circulación Urbana
e Interurbana. Modifica el Reglamento de Procedimiento Sancionador en Materia
de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad
Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero. (B.O.E.
núm. 42 de 18 de febrero de 2000).
2.4.- Legislación Comunidades
Europeas. Reseñas:
2.4.1.- Contaminación Acústica.
Directiva 1999/101/CE, de 15 de diciembre,
de la Comisión, por la que se adapta el progreso técnico
la Directiva 70/157/CEE del Consejo relativa al nivel sonoro admisible
y el dispositivo de escape de los vehículos de motor.
2.4.2.- Medio Ambiente. Directiva
1999/102/CE, de 15 de diciembre, de la Comisión, por
la que se adapta al progreso técnico la Directiva 70/220/CEE del
Consejo relativa a las medidas contra la contaminación atmosférica
causada por las emisiones de los vehículos de motor.
3.- DOCTRINA:
3.1.- V Jornadas
de Responsabilidad Civil y Seguros, celebradas en Zaragoza los
días 4 y 5 de febrero de 2000.
3.1.1.- “Dictámenes
Periciales en el Proceso Penal”, a cargo del ponente D. Eduardo
Font Serra, Abogado y Catedrático de Derecho Procesal de la Facultad
de Derecho de la Universidad de Lérida.
3.1.2.- “La
Acción Directa del Perjudicado frente a la Aseguradora en el Supuesto
de Responsabilidad Civil de la Administración o sus Agentes”,
a cargo del ponente D. Juan Garnica Martín, Magistrado del Juzgado
de Primera Instancia nº. 43 de Barcelona.
3.1.3.- “Aspectos
Sustantivos y Procesales de las Reclamaciones Civiles Derivadas de los
Accidentes de Circulación”, a cargo del ponente D. Juan
María Xiol Quingles, Abogado, exPresidente de la Comisión
de Responsabilidad Civil y Vicedecano del Ilustre Colegio de Abogados de
Barcelona.
3.1.4.- “Naúfragos
en un Mar de Dudas (La Situación Actual del Debate Sobre
el Carácter Vinculante del Sistema de Valoración del Daño
Corporal Instituído por la Ley 30/1995)”, a cargo del ponente
D. Jesús Fernández Entralgo, Magistrado, Presidente de la
Sección 17ª. de la Audiencia Provincial de Madrid.
3.1.5.- “Aproximación
a la Problemática de los Eventuales Perjudicados Extratabulares
por Causa de Muerte en el Sistema de la Ley 30/1995”,
a cargo del ponente D. José Manuel de Paúl Velasco, Magistrado
de la Sección 4ª. de la Audiencia Provincial de Sevilla.
3.2.- Conferencia de D. Carlos Vacas
González, Abogado de Zaragoza, sobre el tema “La
Responsabilidad Civil por Invasión de Animales Silvestres o Salvajes”.
3.3.- Artículo de Dª. María
Pilar Romero Sebastián, Abogada de Zaragoza, sobre el tema: “¿Y
el Lucro Cesante...?”
4.- JURISPRUDENCIA
TRIBUNALES DE ARAGÓN:
4.1.- Audiencia Provincial de Zaragoza:
4.1.1.- Sección Primera:
• Sentencia de 10/01/2000: Baremo: Consignación
insuficiente.
• Sentencia de 21/01/2000: Gastos laborales
se incluyen en factor de
corrección.
4.1.2.- Sección Segunda:
• Sentencia de 15/12/1999: Juicio verbal de
tráfico.
• Sentencia de 19/012000: Reclamación
a concesionario autopista.
4.1.3.- Sección Tercera:
• Sentencia de 26/01/2000: No vinculación
del baremo: Resolución provisional
hasta decisión del Tribunal Constitucional.
• Sentencia de 10/01/2000: Impedimento total
y parcial: Todos son impeditivos.
4.1.4.- Sección Cuarta:
• Sentencia de 08/11/1999: Daño emergente,
lesiones: Estimación parcial:
Intereses moratorios: Concesión por insuficiencia de consignación.
• Sentencia de 08/11/1999: Responsabilidad
por culpa: Valoración de la
prueba.
4.1.5.- Sección Quinta:
• Sentencia de 19/01/2000: Costas verbal:
Improcedencia de costas
procurador.
• Sentencia de 10/12/1999: Lesiones laborales:
Conocimiento en orden civil.
• Sentencia de 17/02/2000: Culpa contractual
y extracontractual: Facultad del
tribunal para apreciar una u otra.
5.- JURISPRUDENCIA
NACIONAL:
5.1.- Audiencias Provinciales:
5.1.1.- Audiencia Provincial de Cádiz
(Sección 1ª.):
• Sentencia de 26/09/1998: Compensación
de culpas: Estima.
5.2.- Tribunal Supremo:
5.2.1.- Sala Primera:
• Sentencia de 05/10/1999: Responsabilidad
objetiva de laboratorio
farmacéutico: Contagio enfermedad por medicamento defectuoso.
• Sentencia de 30/10/1999: Obligación
de computar intereses de demora
desde la fecha de siniestro.
6.- BIBLIOGRAFÍA:
• “FORMULARIOS
ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE TRÁFICO”. Autor: Varios autores. Editorial
Comares, 2ª. edición 1999.
• “FORMULARIOS
ADMINISTRATIVOS SOBRE SEGURIDAD VIAL”. Autor: Vázquez Espejo, Martínez
Cano, Castro Maldonado. Editorial Comares, 1ª. edición 1996.
• “RESPONSABILIDAD
CIVIL POR ACTOS MÉDICOS. PROBLEMAS DE PRUEBA”. Autor: De Angel Yagüez.
Madrid 1999, Librería Tribuna.
• “EL
CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL
DE LA CIRCULACIÓN”. Autor: Gayo Lafuente, Estella López.
Granada 1999, Librería Tribuna.
• “LA
RESPONSABILIDAD CIVIL EN EL TRATAMIENTO AUTOMATIZADO DE DATOS PERSONALES”.
Autor: Grimalt Servera. Granada 1999, Librería Tribuna.
• “LA
RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL”. Autor: Martínez Calcerrada,
Madrid 1999, Librería Tribuna.
• “LA
VALORACIÓN CIVIL DEL DAÑO CORPORAL. BASES PARA UN TRATADO.
TOMO II. La tipología general de los criterios judiciales”. Autor:
Medina Crespo. Madrid, 1999, Librería Tribuna.
• “LA
PROTECCIÓN DEL ASEGURADO (ANÁLISIS DE LA PROBLEMÁTICA
DERIVADA DE LA PLURALIDAD DE NORMAS APLICABLES)”. Autor: Peñas Moyano.
Madrid 1999. Librería Tribuna.
• “CONDUCCIÓN
BAJO LA INFLUENCIA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS”. Autor: Sánchez
Moreno. Barcelona, 1999. Librería Tribuna.
7.- MISCELÁNEA:
1.- Transcribimos a continuación
la explicación de un albañil gallego a la compañía
aseguradora que no comprendía, debido a la naturaleza de sus lesiones,
cómo podía haber ocurrido el accidente. Este es un
caso verídico cuya transcripción fue obtenida de una copia
de archivo de la aseguradora. El caso fue juzgado por el Tribunal de Primera
Instancia de Pontevedra.
“Excelentísimos señores:
En respuesta a su pedido de informaciones adicionales, declaro: en el ítem
1 sobre mi participación en los acontecimientos, mencioné:
“tratando de ejecutar la tarea y sin ayuda”, como la causa de mi accidente.
Me piden en su carta que de una declaración más detallada,
por lo que espero que lo que sigue aclare de una vez por todas sus dudas.
Soy albañil desde hace más de 10 años. El día
del accidente estaba trabajando sin ayuda, colocando ladrillos en una pared
del sexto piso del edificio en construcción en esta ciudad. Finalizadas
mis tareas, verifiqué que habían sobrado aproximadamente
250 kilos de ladrillos. En vez de cargarlos hasta la planta baja
a mano, decidí colocarlos en un barril, y bajarlos con ayuda de
una roldana que felizmente se hallaba en una viga en el techo del sexto
piso.
Bajé hasta la planta baja, até el barril con una soga y,
con la ayuda de la roldana, lo levanté hasta el sexto piso, atando
el extremo de la soga en una columna de la planta baja. Luego. subí
y cargué los ladrillos en el barril. Volví a la planta baja,
desaté la soga, y la agarré con fuerza de modo que los 250
kilos de ladrillos bajasen suavemente (debo indicar que en el ítem
1 de mi declaración a la policía he indicado que mi peso
corporal es de 80 kilos). Sorpresivamente, mis pies se separaron
del suelo y comencé a ascender rápidamente, arrastrado por
la soga. Debido al susto, perdí mi presencia de espíritu
e irreflexivamente me aferré más aún a la soga, mientras
ascendía a gran velocidad.
En las proximidades del tercer piso me encontré con el barril que
bajaba a una velocidad aproximadamente similar a la de mi subida, y me
fue imposible evitar el choque. Creo que allí se produjo la
fractura de cráneo.
Continué subiendo hasta que mis dedos se engancharon dentro de la
roldana, lo que provocó la detención de mi subida y también
las quebraduras múltiples de los dedos y de la muñeca.
A esta altura (de los acontecimientos), ya había recuperado mi presencia
de espíritu, y pese a los dolores continué aferrado a la
cuerda. Fue en ese instante que el barril chocó contra el
piso, su fondo se partió y todos los ladrillos se desparramaron.
Sin ladrillos, el barril pesaba aproximadamente 25 kilos. Debido a un principio
simplísimo comencé a descender rápidamente hacia la
planta baja. Aproximadamente al pasar por el tercer piso me encontré
con el barril vacío que subía. En el choque que sobrevino
estoy casi seguro se produjeron las fracturas de tobillo y de la nariz.
Este choque felizmente disminuyó la velocidad de mi caida, de manera
que cuando aterricé sobre la montaña de ladrillos sólo
que quebré tres vértebras.
Lamento sin embargo informar
que, cuando me encontraba caído encima de los ladrillos, con dolores
insoportables, sin poder moverme y viendo encima de mí el barril,
perdí nuevamente mi presencia de espíritu y solté
la soga. Debido a que el barril pesaba más que la cuerda,
descendió rápidamente y cayó sobre mis piernas, quebrándoseme
las dos tibias.
Esperando haber aclarado definitivamente las causas y desarrollo de los
acontecimientos, me despido atentamente,
!!!!!!!!
INCREIBLE, PERO REAL ¡¡¡¡¡¡¡¡¡
2.- Los cazadores dan de baja cotos para
protestar contra al D.G.A.
|